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Autoridad ambiental suspende plazo de evaluación de millonario proyecto del grupo Saieh en Ñuñoa

diciembre 29, 2020

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Esto se da luego que la Corte Suprema ordenara la realización de una consulta ciudadana respecto de la obra que considera una inversión de US$ 200 millones.

El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana resolvió suspender el plazo de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Mall Plaza Vivo Santiago (Etapa II) de la sociedad Inmobiliaria Vivo Santiago, ligada al grupo Saieh. La obra, que considera una inversión de US$ 200 millones, se emplaza en los terrenos donde antes funcionó Copesa.

Según informó la autoridad sectorial, la suspensión del plazo de evaluación es hasta el próximo 6 de enero de 2021, luego de lo cual se reanudará el periodo de análisis de la iniciativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N°19.300, esto es, sesenta días para que el servicio se pronuncie sobre la Declaración de Impacto Ambiental.

La resolución del SEA Región Metropolitana se da luego que la Corte Suprema ordenara la apertura de un procedimiento de Participación Ciudadana, retrotrayéndose el proceso donde se evaluó la Declaración de Impacto Ambiental al momento previo a su calificación.

A fines de octubre, el máximo tribunal del país acogió un recurso de protección interpuesto por la Junta de Vecinos La Portada de Ñuñoa, tras lo cual dejó sin efecto la Resolución Exenta Nº 0576 de 2 de octubre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, en la cual se resolvió no abrir un proceso de participación ciudadana.

La decisión no fue unánime y contó con los votos en contra de la ministra Eugenia Sandoval y del abogado integrante Alvaro Quintanilla. Se pronunciaron a favor los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco y el abogado integrante Jorge Lagos.

Por esto, ahora, el SEA resolvió ordenar un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días como parte de la evaluación del proyecto del centro comercial.

En el documento, el servicio destacó que existen elementos de juicio suficientes que justifican adoptar la medida provisional de suspensión de la evaluación ambiental del proyecto, a fin de resguardar el derecho de participación ciudadana, sin comprometer el debido proceso y, en definitiva, la calificación ambiental, de acuerdo con un plan de reanudación gradual y coordinado, que permita la mayor y mejor eficiencia y eficacia de la función pública con los medios humanos y materiales disponibles en un contexto de pandemia.

El proyecto cercano a la estación de metro Ñuble consiste en la construcción de un centro comercial de siete pisos -con tiendas, restaurantes, gimnasios, oficinas, preuniversitarios, entre otros-, además de una torre de departamentos y un apart hotel en un edificio 22 pisos, junto a siete niveles de estacionamientos.

La operadora de centros comerciales Vivocorp recalcó que el fallo de la Suprema hace referencia a la Resolución de Calificación Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental de la Etapa II (construcción y operación del centro comercial), por lo que no altera la facultad de la empresa para continuar con las labores de preparación del terreno, demolición y excavación en las que se encuentran actualmente.

La obra estuvo detenida durante los casi tres meses que la comuna de Ñuñoa estuvo en cuarentena.

Fuente: DF

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