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Tribunal Ambiental rechaza reclamación en contra del proyecto central Hidroeléctrica Los Lagos

febrero 2, 2021

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La Central Hidroeléctrica Los Lagos fue aprobada ambientalmente el 2009. Dos comunidades indígenas y una machi interpusieron la reclamación.

El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago rechazó la reclamación presentada por la machi Millaray Huichalaf y dos comunidades indígenas, contra el proyecto Central Hidroeléctrica Los Lagos.

Además de Huichalaf, se sumaron las comunidades indígenas Koyam Ke Che y Leufu Pilmaiquen Maihue, en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), asociada a dos solicitudes de revisión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto, que fue calificado de forma favorable durante el año 2009.

El año 2019, la resolución Nº906, declaró inadmisible la reclamación contra el avance del proyecto y posteriormente, la resolución Nº1.093 del mismo año, declaró inadmisible el reclamo contra esa decisión. Ahora, el Tribunal Ambiental de Santiago ratifica esas decisiones.

La sentencia concluye que las resoluciones del SEA se ajustaron a derecho al declarar inadmisible la reclamación administrativa, ya que la ley exige expresamente que lo que se puede impugnar es “el acto que realice la revisión”, lo que no ocurrió en la especie.

El fallo también se refirió a la posibilidad de la variación sustantiva de las variables ambientales asociadas al patrimonio cultural y arqueológico y la fauna íctica. Igualmente, se detuvo a examinar una eventual falta de consulta indígena y se descartó cualquier vulneración normativa derivada de lo anterior.

Alejandro Ruiz, ministro redactor del fallo señaló que “el Tribunal Ambiental de Santiago rechazo por unanimidad de sus integrantes, un reclamo relativo a la revisión de la resolución de calificación ambiental del proyecto central hidroeléctrica los Lagos, que fuera aprobada en el año 2009 (…) Las partes del juicio pueden recurrir ante la Corte Suprema si no quedan conformes con la sentencia”.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Fabrizio Queirolo. La sentencia fue redactada por el ministro Ruiz y cuenta con prevención del ministro Delpiano, quien se inclinó por que las resoluciones del SEA eran impugnables administrativa y judicialmente.

Fuente: cooperativa.cl

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