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EFE

SMA multa a empresa EFE y la obliga a ingresar al SEIA su proyecto Rancagua Express

mayo 5, 2021

Este proyecto había sido dividido en tres proyectos distintos -Mejoramiento Integral; Seguridad y Confinamiento; y Renovación Flota Material Rodante-, pese a que, dada su operación, en realidad se trata de uno solo, incurriendo en la infracción conocida como “fraccionamiento de proyecto”, la que es castigada en la Ley Ambiental.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió multar durante esta jornada a la empresa EFE con $938 millones por “fraccionamiento de proyecto” y le obligó a ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el proyecto completo Rancagua Express.

Este proyecto había sido dividido en tres proyectos distintos -Mejoramiento Integral; Seguridad y Confinamiento; y Renovación Flota Material Rodante-, pese a que, dada su operación, en realidad se trata de uno solo, incurriendo en la infracción conocida como “fraccionamiento de proyecto”, la que es castigada en la Ley Ambiental.

Las sanciones aplicadas a EFE responden a una denuncia patrocinada por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, a través de su Clínica de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, que fue presentada entre 2013 y 2014 por los y las vecinas de las comunas de El Bosque, Lo Espejo, San Bernardo y Pedro Aguirre Cerda, quienes han visto afectada su calidad de vida con la inadecuada implementación de este proyecto.

De los proyectos anteriormente mencionados, el primero fue sometido a evaluación ambiental, mientras los dos proyectos restantes se ejecutaban de forma paralela. Al evadir el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de los dos proyectos ya indicados, la empresa EFE ha ocasionado efectos perjudiciales para los vecinos y vecinas de las comunas del Sur de la Región Metropolitana. Los vecinos advirtieron esto, pero el Servicio de Evaluación Ambiental lo descartó, aprobando el proyecto y defendiendo su resolución de calificación ambiental en las distintas instancias judiciales y administrativas.

Para la directora del Curso Clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, María Nora González, “esta resolución confirma la pertinencia y procedencia del reclamo de los vecinos afectados en un contexto de profunda desigualdad y falta de acceso a la participación y la justicia ambiental”.

En tanto, Valentina Durán, directora del Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho, afirmó que “esta resolución es resultado de un largo y acucioso trabajo de académicas, estudiantes y ayudantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y da cuenta de un profundo compromiso con la comunidad y con la protección del medio ambiente”.

La empresa cuenta con un plazo de 15 días una vez notificada para proponer un cronograma de ingreso al sistema. Aunque también puede reclamar ante el Segundo Tribunal Ambiental contra la resolución sancionatoria.

Fuente: El Mostrador

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