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Impuesto a la inversión: SII publica circular con instructivo que grava a proyectos desde US$10 millones

octubre 14, 2021

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Contempla aplicar tasa de 1% a iniciativas que deban someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El Servicio de Impuestos Internos (SII), a través de la circular N°55,  emitió las instrucciones sobre la «Contribución de Desarrollo Regional», que es un impuesto que grava a los proyectos de inversión que consideren un monto desde US$10 millones y que deban someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Este gravamen se aplica con tasa de 1% sobre el valor de los proyectos de inversión, o sus ampliaciones, lo que se enmarca en la Ley N° 21.256, de septiembre de 2020, en que se establecen medidas tributarias que forman parte del plan de emergencia para la reactivación económica y del empleo en un marco de convergencia fiscal de mediano plazo.

Detalles

La contribución se aplicará sólo a los nuevos proyectos de inversión, cuyo proceso de evaluación de impacto ambiental se inicie a contar del 24 de febrero de 2020

El documento pone como ejemplo de proyecto de inversión un minero: «Así, a título meramente ilustrativo, tratándose de un proyecto de inversión vinculado a la industria extractiva minera, formarán parte de este todas las estructuras e instalaciones donde se localizan los bienes físicos del activo inmovilizado que integren la faena minera, tales como: plantas de tratamiento, equipamiento, ductos, maestranzas, talleres, campamentos, bodegas y, en general, todos aquellos que aseguren el funcionamiento de las operaciones mineras. Lo anterior, aun cuando, por ejemplo, la planta de concentración se encuentre alejada del yacimiento minero».

Las iniciativas que están exentas del pago del tributo son las dedicadas al desarrollo de actividades de salud, educacionales, científicas, de investigación o desarrollo tecnológico, y de construcción de viviendas y oficinas.

La circular indica que se encontrarán liberados del impuesto los proyectos que hayan sido ingresados al SEIA este año, o que se hayan iniciado dentro del plazo de tres años, contado desde la notificación de la resolución que lo califica ambientalmente de manera favorable.

Fuente: Revista ei

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