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Proyecto Vizcachitas

Proteger al Gato Andino: una razón del Tribunal Ambiental para frenar proyecto minero Vizcachitas

marzo 21, 2022

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Acá te contamos 6 claves para comprender las razones de la resolución que suspendió la Resolución de Calificación Ambiental que tiene el proyecto de Vizcachitas Holding en Putaendo

EL 13 de mayo de 2021, varias comunidades de Putaendo se indignaron por la decisión tomada por la Comisión de Evaluación Región de Valparaíso, que dio luz verde al proyecto “Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas”,  calificando favorablemente la iniciativa de la Compañía Minera Vizcachitas Holding, que hoy cuenta con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 14/2021 para iniciar su proyecto.

Sin embargo, el 7 de junio y 6 de julio de 2021, la Junta de Vigilancia del río Putaendo y diversos vecinos de dicha comuna, interpusieron recursos de reclamación administrativa en contra de esa RCA. Aunque su objetivo es impedir el desarrollo de un proyecto minero en una zona que consideran de conservación ecológica, el argumento usado para sostener esa reclamación se basa en que sus observaciones ciudadanas no fueron debidamente abordadas en el proceso de evaluación ambiental.

El 10 de diciembre de 2021, el director ejecutivo del SEA rechazó ambos recursos de reclamación (Res. Ex. N° 202199101773/2021); lo que llevó a que, el 31 de enero de 2022, la Junta de Vigilancia del Río Putaendo y vecinos de la comuna presentaran una reclamación contra la resolución del SEA, en el Tribunal Ambiental . En la misma fecha, otro grupo de vecinos de Putaendo ingresó reclamación similar. Ambas  fueron admitidas a trámite y el 15 de febrero el Tribunal acumuló los dos recursos en uno solo. El 25 de febrero, se sumó Compañía Minera Vizcachitas Holding como tercero independiente en la causa.

Toda esa cronología decantó en una decisión crucial en el objetivo de frenar, al menos temporalmente, el protejo: El Segundo Tribunal Ambiental ordenó la medida cautelar innovativa de suspensión de los efectos de la resolución que calificó ambientalmente favorable el proyecto “Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas”. En la práctica el permiso ambiental queda “congelado”. 

Según las explicaciones jurídicas entregadas hoy en la mañana por el Tribunal Ambiental a Observador.cl, la medida cautelar tendrá efecto hasta que el Tribunal dicte sentencia en las dos reclamaciones que fueron interpuestas contra el SEA.

La resolución del Tribunal señala 6 puntos que son clave para entender su decisión:
  • Situación de riesgo inminente: “De todo lo expuesto en los considerandos precedentes, se concluye que, según los antecedentes presentados por las partes en este juicio, el Tribunal ha podido comprobar que existe una situación de riesgo e inminencia de un perjuicio irreparable al medio ambiente como consecuencia de las actividades del proyecto aprobado por la RCA N° 14/2021, lo cual exige de una tutela cautelar por parte de este Tribunal, al concurrir los requisitos que contempla el artículo 24 de la Ley N° 20.600”.
  • Amenaza para el Gato Andino: El propio Tribunal llamó la atención respecto a la situación de una de las especies más valiosas de la fauna de lugar: el gato andino (Leopardus jacobita), especie nativa y amenazada, que se exentar en categoría de conservación “En Peligro”’ a nivel de Chile, Perú, Bolivia y Argentina. Según los criterios de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), sus principales amenazas están asociadas a actividades ganaderas; perforaciones para la producción de petróleo y gas; caza y captura de animales terrestres; actividad minera; alteración del hábitat y sequía.
  • Avistamiento en la zona: Si bien, a la fecha de su clasificación en Chile (año 2007) el gato andino se distribuía geográficamente entre las regiones de Arica y Parinacota hasta la Región de Antofagasta, el Tribunal advierte que “a la luz de los antecedentes presentados a este Tribunal por uno de los reclamantes, (su presencia) se habría extendido en la actualidad (años 2021 y 2022) a la Región de Valparaíso”.
  • Afectación a madrigueras donde están las vizcachas: Sobre este tema, la resolución dice que “El daño irreversible a que se refiere este tribunal sobre la especie L. jacobita, se produciría a través de -al menos- la afectación de las madrigueras que albergan a Lagidium viscacia [vizcacha], que como se ha mencionado corresponde a una de las principales presas de esta especie de felino. En efecto, puede perjudicarse la mecánica de las vizcacheras o el comportamiento de los individuos de la especie Lagidium viscacia, producto de las vibraciones que se generan por las perforaciones y que se reproducen en el entorno de cada plataforma de sondaje. Por lo tanto, se configura el potencial de afectar el interés ambiental que buscan proteger los reclamantes a través de su pretensión anulatoria”.

Algunos otros aspectos que consideró el el Tribunal Ambiental es la aplicación del “principio de precaución”, en dos aspectos;

  • (Este principio) ha sido reconocido en el derecho ambiental internacional en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, y en el Convenio sobre Diversidad Biológica, suscrito por Chile, el que si bien no constituye norma aplicable para los efectos de la evaluación ambiental de proyectos, contiene determinadas obligaciones para el Estado.
  • “Sobre la proporcionalidad de la medida cautelar solicitada de suspensión de efectos de la RCA N° 14/2021, este Tribunal estima que atendiendo a la clasificación según el estado de conservación en que se encuentra la especie Leopardus jacobita (En Peligro de extinción), su avistamiento en la zona, así como la presencia de vizcacheras en las proximidades del proyecto autorizado por la referida RCA, es que la suspensión permite el resguardo de los intereses jurídicamente tutelados en esta acción de reclamación”.

Fuente: El Observador

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